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La Alcaldía de Magangué, a través de la Secretaría de Hacienda, expidió la Resolución No. 041 del 22 de julio de 2026, mediante la cual se determinan las obligaciones tributarias correspondientes al Impuesto Predial Unificado (IPU) para la vigencia fiscal 2026.

La resolución establece que deberán cumplir con este impuesto los propietarios, poseedores y tenedores de predios ubicados en la jurisdicción del municipio, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo Municipal No. 025 de 2025 y la normativa nacional vigente.

Entre los principales aspectos definidos en la parte resolutiva se encuentra que la base gravable será el avalúo catastral vigente al 1 de enero de 2026, determinado por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC). En los casos en que un predio no cuente con avalúo catastral, el propietario deberá realizar el correspondiente autoavalúo ante la Secretaría de Hacienda.

La Secretaría de Hacienda informó además que las tarifas del impuesto se aplicarán de acuerdo con la destinación económica de cada inmueble y los criterios de progresividad establecidos en el Acuerdo Municipal No. 025 de 2025.

La resolución también contempla límites para el incremento del impuesto. En términos generales, el valor liquidado para 2026 no podrá superar el doble del impuesto facturado en 2025 durante el primer año de actualización catastral. Asimismo, para las viviendas de estratos 1 y 2 con avalúos de hasta 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes, el incremento anual no podrá exceder el 100 % del valor pagado el año anterior.

Adicionalmente, el acto administrativo mantiene la aplicación de los tributos complementarios, entre ellos la sobretasa bomberil del 1 % sobre el valor del impuesto y la sobretasa ambiental destinada a la CSB.

La determinación oficial del impuesto se realizará mediante liquidaciones oficiales individuales, las cuales serán notificadas a los contribuyentes por correo físico o electrónico, a través de la Gaceta Municipal o mediante el sistema de información tributaria del municipio. Estas liquidaciones podrán consultarse igualmente en el portal tributario habilitado por la administración municipal.

Frente a las liquidaciones expedidas, los contribuyentes podrán presentar únicamente recurso de reconsideración dentro del mes siguiente a la notificación, de conformidad con el Estatuto Tributario Nacional y el Acuerdo Municipal No. 025 de 2025.

La Resolución No. 041 de 2026 entró en vigencia desde la fecha de su expedición y regula las disposiciones aplicables al Impuesto Predial Unificado durante la vigencia fiscal 2026 en el municipio de Magangué.

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