Si usted es colombiano o extranjero y planea viajar hacia o desde Colombia, debe tener en cuenta que existen normativas que regulan la cantidad de dinero en efectivo que puede transportar. Estas medidas buscan prevenir delitos como el lavado de activos y garantizar un mayor control en las operaciones de ingreso y salida del país.
De acuerdo con la Resolución 00014 de 2005 de la DIAN y la información publicada por el Banco de la República, el monto máximo permitido en efectivo al momento de entrar o salir del territorio nacional es de USD 10.000, o su equivalente en otras monedas. Con la tasa actual de cambio (alrededor de $4.000 por dólar), esta cifra corresponde a aproximadamente $40 millones de pesos colombianos.
¿Qué pasa si se supera el límite?
Cuando un viajero transporta una suma mayor a la autorizada, está obligado a declararla ante la autoridad aduanera mediante el formulario No. 532, denominado “Declaración de ingreso – salida de dinero en efectivo”. Además, el traslado del dinero deberá hacerse exclusivamente a través de empresas de transporte de valores autorizadas.
No cumplir con este procedimiento puede traer consecuencias legales, incluyendo sanciones económicas, la retención del dinero e incluso procesos judiciales, dependiendo de la gravedad del caso.
Recomendación
Las autoridades hacen un llamado a todos los viajeros a informarse con anticipación sobre estas disposiciones y a cumplir con la normativa para evitar inconvenientes durante su tránsito en aeropuertos y pasos fronterizos.
