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Gongoroko Stereo

El Gobierno de Gustavo Petro radicó en el Congreso de la República una reforma tributaria que, por primera vez, plantea cobrar impuesto de renta a las actividades comerciales de las iglesias en Colombia, un sector históricamente exento de esta obligación fiscal. Con esta medida, el Ejecutivo espera recaudar $26,3 billones para financiar el Presupuesto General de la Nación (PGN) de 2026, el más alto en la historia del país, estimado en $556,9 billones.

El proyecto de ley, presentado oficialmente el 1 de septiembre en la Secretaría de la Cámara de Representantes, establece que las iglesias y confesiones religiosas deberán declarar bajo el régimen ordinario de renta por los ingresos derivados de actividades mercantiles. Sin embargo, las prácticas estrictamente religiosas —como misas, oraciones y cultos— seguirán exentas de impuestos.

Para ajustarse a la norma, estas instituciones tendrán que diferenciar claramente sus ingresos, costos, gastos y patrimonio según el tipo de actividad, aplicando en cada caso las reglas tributarias correspondientes.

Los datos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) muestran la magnitud del sector: en 2019 las iglesias registraron ingresos brutos por $4,7 billones y en 2020 por $4,1 billones, con un patrimonio bruto de $13,5 billones y $12,5 billones, respectivamente. Ese mismo año, el patrimonio líquido alcanzó $12,3 billones y $11,4 billones. Más recientemente, el economista Salomón Kalmanovitz estimó que el patrimonio total de las iglesias ronda los $19 billones, equivalentes al 2% del PIB colombiano. Además, la Dian reportó que, al cierre de 2023, sus ingresos ascendieron a $8,06 billones, casi el doble de lo registrado en 2014.

Actualmente, el Ministerio del Interior tiene en sus registros cerca de 8.000 iglesias que entrarían en la nueva obligación tributaria si la reforma es aprobada. Cabe recordar que las congregaciones no reconocidas por esa entidad ya tributan renta bajo el régimen ordinario. En cuanto a otros impuestos, como el IVA, las iglesias no tienen beneficios especiales y deben responder por este gravamen cuando realizan actividades sujetas al mismo, además de actuar como agentes de retención en la fuente.

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